Protección a los clientes: Nueva Ley de las empresas de reunificación
09.06.2009
La nueva ley que regula los servicios prestados por empresas reunificadoras ya está en vigor.
Con nuevos requisitos para las empresas que contemplan la inscripción en los registros de la sociedad y la obligación de tener vigente un seguro de responsabilidad civil, se pretende proteger a los clientes de posibles abusos.
La nueva legislación contempla la obligación de tener publicado y visible el libro de tarifas y las condiciones específicas de cada producto, información que debe ser entregada al cliente previo a la firma del contrato y que pretende equipararse a la oferta vinculante de los bancos y cajas de ahorros.
La normativa relativa a la transparencia es la misma para los contratos de estas empresas de intermediación que para los bancos y la ley contempla la posibilidad del cliente de arrepentirse durante los 14 días siguientes a la firma sin penalización ni justificación.
Se regula la publicidad en términos de información que deberá contener a partir de ahora los datos relativos al tipo de interés – TAE- y las comisiones y gastos totales que contempla la operación.
Se prohíbe expresamente hacer mención a la reducción de cuota si no está explícitamente expuesto el plazo de amortización y el importe total a devolver.
La publicidad debe contemplar si son intermediarios y de quién lo son así como si son independientes y deberán ofrecer tres planes para que el cliente elija la que más se adecue a su situación económica.
Medidas que pretenden proteger a los clientes de los abusos cometidos por estas empresas que, debido a su ausencia de control por parte de los órganos reguladores,y jugando con la desesperación de las familias mediante el sutil engañó de una cuota mensual más baja, han puesto a los clientes en situaciones económicas muy complicadas.
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