La reunificación de deudas sigue siendo una producto financiero de contratación bastante frecuente. Esta claro que cuenta con muchos detractores como por ejemplo algunas organizaciones de consumidores y también se pueden ver escasas manifestaciones positivas sobre agrupación los préstamos.

Se ha debatido mucho sobre este tema, una operación financiera de refinanciación de préstamos puede resultar positiva para muchos hogares con dificultades económicas si se tiene como finalidad obtener liquidez de forma mensual. Lo que nunca hay que pensar es que la nueva hipoteca, obtenida de refinanciar la anterior hipoteca y otros préstamos, va a suponer un ahorro fiscal extra.

La nueva hipoteca nos puede dar un disgusto con Hacienda. Las hipotecas que se crean por una reunificación de préstamos agrupan otra hipoteca, créditos al consumo, tarjetas, descubiertos en cuenta, etc. Al final tenemos otra hipoteca pero la finalidad de la misma es netamente diferente a la primera hipoteca que suele tener por objetivo la compra de una vivienda.

hay que tener claro, para no llevarse sustos o sorpresas posteriores que las hipotecas no deducen fiscalmente. Lo que en realidad desgrava es el importe liquido destinado a la adquisición de la vivienda habitual. Actualmente se permite deducir el dinero ahorrado para la compra mediante las cuentas vivienda, el que aportemos de nuestro patrimonio personal y, finalmente, las cuotas de los préstamos hipotecarios que se precisen.

Existen varios condicionante y algunas limitaciones para beneficiarse de las deducciones, la menos conocida de las cuales es que la vivienda habitual sólo se consolida a los 3 años. Es más, es deducible cualquier tipo de préstamo, no sólo los hipotecarios.Pero, si la vivienda se vende antes se debería devolver las cantidades deducidas.

Todas las formulas mencionadas anteriormente tienen el mismo objetivo: lo deducido debe corresponder necesariamente a la adquisición de la vivienda habitual.

Ante una unificación o refinanciación de deudas en una nueva hipoteca, únicamente puede deducirse la parte que corresponda a la compra de la vivienda habitual. Explicado de otra forma: nunca se podrá deducir la parte proporcional del nuevo préstamo que no pueda justificarse para dicho fin.

¿Qué se puede hacer? Un primer paso sería verificar el saldo pendiente de amortizar de la hipoteca contratada en su día para adquirir la vivienda habitual, justo en el instante de realizarla operación de refinanciación, y comprobar la proporción del mismo respecto la deuda total refinanciada, y únicamente podríamos deducirnos el correspondiente porcentaje.

Éste es uno de los muchos fatores que deben tenerse en cuenta a la hora de firmar una unificación de deudas. Los beneficios que obtengamos no vendrán en caso alguno por un ahorro fiscal. Ni siquiera a título de que compense los gastos causados por la refinanciación.

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