Reforma de la Ley de Morosidad para las PYMES
28.10.2009
Para la pequeña y mediana empresa y los autónomos, la reforma de la Ley de Morosidad, adquirió hace ya muchos meses el carácter de vital en términos de supervivencia.
La necesidad de adaptar la legislación actual a los países de la Zona Euro y que se elimine la posibilidad de no reconocer las deudas a fin de no cumplir los plazos establecidos para el pago de las facturas, es una de las causas de cierre de muchas empresas y autónomos.
Tras meses de debates, solicitudes, reivindicaciones y conversaciones, el proyecto de reforma de la Ley de Morosidad que contempla un plazo máximo de pago de facturas de 60 días, vuelve a estar en el candelero.
Con esta modificación, las PYMES españolas estarían en la misma situación que las PYMES francesas, quienes a comienzos de año, se encontraban en la misma situación que España.
Los plazos se reducirán hasta los 30 días para las empresas públicas y los 60 días para la administración.
Todos los grupos parlamentarios han estado de acuerdo con esta iniciativa si bien se ha levantado un punto de discrepancia en cuanto a los plazos de reembolso ya que el texto indica que “los mismos podrán ser prorrogados por acuerdo entre las partes” en este sentido se piensa que puede ser un punto que permita el abuso de las compañías grandes sobre las PYMES.
Sea como fuere, la Ley de Morosidad de las PYMES podría estar modificada y en vigor a comienzos del ejercicio 2010 lo que sin duda salvará el escollo de la falta de financiación y dará un soplo de aire a las PYMES, máxime si se complementa con la posibilidad de abonar el IVA una vez cobradas las facturas.
Eliminar la morosidad y mantener la continuidad y crecimiento del tejido empresarial es una de las áreas fundamentales e imprescindibles para salir de la crisis.
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